Desregulación rampa en Argentina

AW | 2025 12 08 11:38 | AIRPORTS / GOVERNMENT

Desregulación mangas aeroportuarias argentinas

La Secretaría de Transporte de Argentina ha anunciado que los operadores aeroportuarios realizarán las prestaciones del servicio de las pasarelas telescópicas, quitando esa potestad a las empresas de handling. El Gobierno emitió la Resolución Nº85/2025 que cancela a los operadores de handling no serán los responsables de las operaciones de los vuelos en los aeropuertos argentinos, obligando a los explotadores aeroportuarios argentinos a operar y fiscalizar las mangas aeroportuarias.

La medida modifica el Anexo I de la Resolución Nº49/2024 que busca alinear la operación local con las mejores prácticas internacionales y segregar la infraestructura fija de los servicios de rampa. Los explotadores asumirán control operativo, mantenimiento y aseguramiento de las mangas, incluyendo la inclusión de coberturas específicas en pólizas de seguro. El personal del explotador deberá acreditar ante la ANAC aptitudes técnico-operativas indicadas por el fabricante y contar con capacitación para operación y mantenimiento. La agencia de la ANAC verificará y se expedirá sobre las acreditaciones para garantizar que no se comprometan los estándares de seguridad.

La nueva normativa buscará evitar que futuros conflictos gremiales en empresas de handling impidan el uso de infraestructura esencial para el embarque y desembarque de los usuarios del transporte aéreo en el país.

La nueva normativa establece un plazo de transición de hasta noventa (90) días para coordinar la transferencia con los prestadores actuales, entre ellos Intercargo. El Gobierno considera que el marco anterior respondía a una concepción monopólica histórica y presenta la medida como una modernización y actualización en las mejoras de las prestaciones del servicio en los aeropuertos.

La Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía determinó un cambio estructural en la gestión de los servicios aeroportuarios en Argentina. A través de la Resolución Nº85/2025, el Gobierno estableció que la operación de las pasarelas telescópicas dejará de ser responsabilidad de las empresas de asistencia en tierra (handling) para pasar a ser una obligación directa de los explotadores aeroportuarios. La medida busca profundizar el abordaje sistémico de los servicios de atención a aeronaves, separando la infraestructura fija de los servicios de rampa tradicionales. Según detalla el documento oficial publicado el Jueves 04/12 en el Boletín Oficial, esta decisión responde a la necesidad de alinear la operación local con las mejores prácticas internacionales, donde la gestión de las mangas suele estar integrada a la administración de la terminal.

PUBLISHER: Airgways.com
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