EEUU habilita embargos por Aerolíneas

AW | 2026 09 28 06:03 | AIRLINES / GOVERNMENT

Fondo Titan Consortium iniciaría embargos al Estado Argentino

La Justicia estadounidense ha habilitado embargos por la sentencia contra la expropiación de Aerolíneas Argentinas/Austral Líneas Aéreas. La Jueza Jia Cobb, de la Cámara de Apelaciones del Distrito de Columbia, Estados Unidos, habilitó al fondo buitre Titan Consortium a solicitar embargos de activos de la Argentina en ese país en el contexto del litigio por la expropiación de la aerolínea en 2008, durante la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner. La magistrada permitió que el fondo de inversión Titan Consortium comenzara el pedido de embargo. El monto, según el fallo, es por US$ 391 millones de Dólares.

De acuerdo a la sentencia que difundió el Analista Sebastián Maril, la jueza consideró que “ha transcurrido un plazo razonable tras la emisión de la sentencia” en favor de Titan Consortium, que se dictó en Diciembre de 2024 y sumó que “en los veintiún meses transcurridos desde entonces, Argentina aparentemente no ha hecho ningún esfuerzo por pagar”.

Aerolíneas Argentinas explicó que la demanda no es contra la compañía, sino contra el Estado Argentino. Además, desde la Procuración del Tesoro señalaron que el Gobierno se encuentra estudiando las herramientas jurídicas de las que dispone para intentar disminuir el impacto que significaría esta decisión en la economía de los ciudadanos argentinos.

Origen conflicto
Este caso tiene su origen en el laudo del CIADI en el año 2017, que condenó a la Argentina a abonar la cifra de US$ 321 millones de Dólares más intereses al grupo español Marsans por la expropiación y reestatización de la aerolínea. Luego, esos derechos fueron adquiridos por el fondo Burford Capital y luego por Titan Consortium, que en la actualidad reclama US$ 391 millones de Dólares más intereses acumulados desde Diciembre de 2024.

Este conflicto legal llegó a la Corte de Distrito de Columbia, en Washington, donde Titan Consortium exigió el reconocimiento y ejecución del laudo. La Argentina alegó, en su defensa, que el reclamo se encontraba prescripto y que el plazo para accionar era de tres años, pero el tribunal respondió que el límite era, en realidad, de doce años y reconoció la condena completa, es decir, intereses y costas. En Julio 2026, la Cámara de Apelaciones del Distrito de Columbia confirmó esa medida, rechazando el planteo argentino sobre la prescripción y dejando firme el reconocimiento del laudo correspondiente.

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