AW | 2016 02 15 20:02
LEGAL
La Sala de la Corte Superior del Trabajo del Séptimo confirmó la sentencia absolutoria Empresa Brasileira de Aeronáutica SA (Embraer) de la responsabilidad por las cantidades de mano de obra debido a un ex empleado de Astra -. Industria Aeronáutica Ltda, que proporciona servicios a Embraer suministro de piezas y materias primas. Por unanimidad, el Grupo Especial desestimó la apelación interlocutoria contra la decisión de los tribunales inferiores. El trabajador afirmó que los derechos como las vacaciones pagadas, FGTS, entre otros, han sido violados por el Astra, y que Embraer también debe ser considerado responsable de las irregularidades ya que era la contratación de los servicios que prestó. el tribunal de primera instancia, para confirmar el incumplimiento de las obligaciones laborales, condenó el Astra a pagar un poco más de R $ 7.000 y el ex-empleado. Sin embargo, con base en los precedentes 331 del TST absueltos por Embraer para identificar la relación laboral entre ella y el demandante.
El Tribunal Regional del Trabajo de la Región 15 de (Campinas / SP) confirmó la decisión. Relaciones Civiles El empleado trató de llevar el caso a la TST, pero el ponente de la queja, Ministro Vieira de Mello Filho, explicó la diferencia entre el contrato de externalización mano de obra y el contrato firmado por Embraer y Astra, la prestación de servicios de fabricación. “En la externalización, el negocio jurídico tiene como objetivo suministrar la mano de obra por una parte (el proveedor de servicios) a otro (los servicios del prestatario) para llevar a cabo actividades de apoyo del prestatario”, dijo, señalando que en este caso el jurisprudencia de la TST establece la responsabilidad subsidiaria del beneficiario directo de los servicios prestados por el empleado. en un contrato civil, por el contrario, es para el suministro de las materias primas necesarias para el funcionamiento del objeto social de una parte. “Por lo tanto, debido a la ausencia de la relación triangular de la intermediación laboral, la responsabilidad solidaria no tiene aplicación”, comentó Vieira de Mello. El Ministro señaló que el TRT ha considerado cuidadosamente las pruebas del caso y llegó a la conclusión de que el contrato era para el suministro de piezas, y no se demostró la existencia de fraude o interferencia por Embraer en las actividades de Astra. . Para llegar a una conclusión diferente esto requeriría la revisión de los hechos y las pruebas, sellado por Precedente 126 del TST La decisión fue unánime. Proceso: AIRR – 79-10.2014.5.15.0013
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SOURCE: olhardireto.com.br
DBk: Photographic © Embraer
AW-POST: 201602152002AR